BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO EDICIÓN 2025-2026 Núm. 300 Viernes 13 de diciembre de 2024 Sec. III. Pág. 171359 Tabla 8-1. Disposiciones relativas a mercancías peligrosas transportadas por los pasajeros y la tripulación Capítulo 1 8-1-5 Ayudas motrices (p. ej., sillas de ruedas) accionadas por: − baterías/acumuladores derramables; − baterías/acumuladores inderramables de electrolito líquido; − baterías secas; − baterías de níquel-hidruro metálico; o − baterías de ion litio Se requiere aprobación del explotador Restricciones a) para su utilización por pasajeros de movilidad restringida debido ya sea a discapacidad, su estado de salud o edad, o un problema temporal de movilidad (p. ej., pierna fracturada); b) los pasajeros deberían hacer arreglos por anticipado con cada explotador y proporcionar información sobre el tipo de batería instalada y sobre la manipulación de la ayuda motriz (con las instrucciones para aislar la batería); c) en el caso de baterías secas o baterías de níquel-hidruro metálico, cada batería debe cumplir la Disposición especial A123 o la A199, respectivamente; d) en el caso de baterías/acumuladores inderramables de electrolito líquido: i) cada batería debe cumplir la Disposición especial A67; y ii) puede transportarse un máximo de una batería de repuesto por pasajero; e) en el caso de baterías de ion litio: i) las baterías deben ser de un tipo que satisfaga las condiciones de cada una de las pruebas del Manual de Pruebas y Criterios de las Naciones Unidas, Parte III, subsección 38.3; ii) cuando la ayuda motriz no proporciona protección adecuada a la batería: — la batería debe extraerse conforme a las instrucciones del fabricante; — la batería no debe exceder de 300 Wh; — los bornes de la batería deben protegerse contra cortocircuitos (aislando los bornes, p. ej., cubriendo con cinta adhesiva los bornes expuestos); — la batería debe protegerse contra daños (p. ej., poniéndola individualmente en una funda protectora); y — la batería debe transportarse en la cabina; iii) puede transportarse un máximo de una batería de repuesto que no exceda de 300 Wh o dos baterías de repuesto que no excedan de 160 Wh cada una. Las baterías de repuesto deben transportarse en la cabina. Nota.— Cuando la(s) batería(s) de litio permanece(n) instalada(s) en la ayuda motriz, no hay límite de vatio/hora.