CONTRATO DE ALQUILER DE AYUDAS TÉCNICAS

1. Condiciones del ALQUILER
Para el alquiler de artículos, las personas habrán de presentar previamente su documento de identidad o su pasaporte en vigor, y firmar el presente contrato. El arrendamiento a menores de edad o incapacitados sólo se realizará prestando su consentimiento sus respectivos representantes legales o tutores, quienes firmarán el contrato y responderán solidariamente con aquellos. El cliente contratante – arrendatario – reconoce que el artículo o el accesorio objeto de este contrato de arrendamiento es de expresa propiedad de SAI, SERVICIOS DE ALQUILER INCLUSIVO, y que se le entrega en óptimas condiciones de uso. El objeto arrendado habrá de ser devuelto en igual buen estado en que se recibió, según contrato. La no devolución del artículo alquilado, al transcurrir el plazo pactado, será considerado como apropiación indebida. El arrendatario se compromete a efectuar un uso cuidadoso del artículo entregado, y a seguir las normas siguientes:
a) El artículo solo podrá utilizarse para el destino que le es propio, no debiendo ser utilizado para uso distinto al suyo habitual; así por ejemplo, una silla de ruedas corriente no debe ser utilizada debajo de la ducha, como si fuera una silla especial de ducha – dado que esto sería uso contraindicado. Una silla de ruedas eléctrica sólo debe soportar el peso de su pasajero, estando prohibido que sobre ella se monten otras personas o que carguen bultos o pesos, estando prohibido subir o bajar escaleras con ella, que pudieran producir daños tanto visibles como ocultos (no visibles a su electrónica).
b) Durante el periodo de no-uso, el artículo deberá permanecer debidamente resguardado de la humedad y fuera del alcance de terceras personas no contratantes. Los vehículos electrónicos deben estar conectados obligatoriamente con su correspondiente cargador de baterías a 220 V. y como mínimo durante 8 horas.
c) El artículo arrendado sólo podrá ser utilizado por la persona arrendataria . Todo desplazamiento del artículo arrendado fuera de esta demarcación territorial requerirá la autorización por escrito de la empresa arrendadora.
d) La empresa propietaria, en arras de prestar un servicio óptimo a sus clientes, se reserva el derecho de recuperar un artículo en cuanto se detecte un fallo, ya sea en el interior como en el exterior del establecimiento, en este caso procediendo de inmediato a su sustitución por otro artículo de igual o análogas características y prestaciones, pero no dando lugar en este caso a reclamaciones. De no poder sustituirlo por otro igual o parecido, procederá reembolsar al arrendatario por el tiempo de no disponibilidad del mismo, siempre que la avería no fuera imputable al arrendatario.
e) La duración del presente contrato es convenido a partir de la fecha y la hora indicada, requiriendo su prórroga, la conformidad por escrito de ambas partes contratantes, no pudiendo en ningún caso ser acordado verbal o tácitamente.

2. Responsabilidad frente a terceros
El arrendatario se responsabiliza expresamente del uso y destino del artículo, tanto frente a terceros y acompañantes como frente a si mismo. Cualquier gasto, multa o daño, ocasionado así mismo o a terceros durante la utilización del artículo serán expresamente a cargo del cliente contratante y de exclusiva responsabilidad del arrendatario.

3. Pago anticipado y Fianza
El arrendatario se compromete a pagar el importe total antes de la entrega del artículo, objeto del contrato, tanto el importe total del contrato como la fianza que sea aplicable y se haya convenido. Será imprescindible exhibir el comprobante de pago a la hora de efectuar reclamaciones o peticiones de reparación como cambios posteriores. El arrendador podrá revisar el artículo arrendado cuando sea devuelto a fin de examinar y comprobar si se le devuelve en perfecto estado o con daños y averías, con el fin de determinar si pudiera haber culpa y responsabilidad por parte del arrendatario/cliente. La fianza se destinará a cubrir los eventuales daños y perjuicios que el arrendatario haya podido ocasionar al artículo arrendado o a la empresa arrendadora, procediéndose a deducir de aquella los importes de éstos.

4. Reservas
Las peticiones de reservas de artículos sólo se atenderán excepcionalmente, previo pago por adelantado del 20 % del importe del contrato por parte del arrendatario. Este, sólo tendrá obligación de mantener dicha reserva hasta la fecha para la cual se efectuó la reserva, pudiendo disponer a partir de dicha fecha libremente del artículo en cuestión si no ha sido retirado: al mismo tiempo podrá cobrar en concepto de daños y perjuicios por anulación de la reserva, la cantidad pagada a cuenta por el que efectuó la reserva sin que este pueda hacer reclamaciones contrarias al respecto. De igual modo, si efectuada una reserva, la empresa arrendadora no tuviera disponible el artículo reservado en la fecha solicitada, y SAI, SERVICIOS DE ALQUILER INCLUSIVO no pudiera con carácter inmediato sustituirlos por otro de iguales características y prestaciones, estará obligada a indemnizar al que efectuó la reserva, contra comprobante de pago del pago por adelantado de la reserva, con una cantidad equivalente al 20 % del importe del total del contrato en su día efectuado, en concepto de indemnización por daños y perjuicios.

5. Disponibilidad
El presente contrato de arrendamiento comienza a regir en el momento de la entrega o con la disponibilidad del artículo y terminará en la fecha y hora, estipulados en el presente contrato, de su devolución (fin de contrato). Si el arrendatario desease prorrogar el uso y disfrute del artículo arrendado, deberá hacérselo saber obligatoriamente al arrendador con 24 horas de antelación, y con sujeción a lo establecido en el Art. 1 e) del presente contrato. La empresa SAI, SERVICIOS DE ALQUILER INCLUSIVO, podrá aceptar o denegar la prórroga. La empresa tiene pleno derecho de proceder a disolver el presente contrato en cualquier momento, y en el instante, recuperar el artículo alquilado, cuando tenga fundadas sospechas o indicios de que el arrendatario está usando de un modo distinto al que es su destino natural el artículo arrendado, si el cliente incumple sus obligaciones o en cualquier otro modo grave cualquier obligación prevista en este contrato. Extinguido el contrato el cliente arrendatario deberá devolver al arrendador el artículo arrendado en iguales condiciones óptimas en que lo recibió.

6. Reparaciones
Las reparaciones ordinarias exigibles (por uso normal y frecuente) de un artículo en cuestión serán a cargo de la empresa arrendadora, salvo que los daños o averías se hubieran originado por uso un indebido o por negligencia por parte del arrendatario. El arrendatario tiene la obligación de demostrar su inculpabilidad. Cualquier avería o disfunción en el funcionamiento normal del artículo arrendado ha de ser puesto inmediatamente en conocimiento del arrendador por parte del arrendatario, a fin de que aquel proceda a su reparación o sustitución. Si el arrendatario dejase pasar 24 horas sin señalar la avería del artículo que se demostró inutilizable, se le imputará a aquél el daño en cuestión, y no habrá lugar a una eventual reclamación de reembolso por el tiempo de no uso del artículo en cuestión. Las reparaciones y reclamaciones se atenderán en horario de oficina estipulado bajo las condiciones presentes del contrato.
El arrendador no puede responsabilizarse por el tiempo en que se demore la entrega de un artículo cuando se halle en su poder para ser reparado, pero podrá dar lugar a que el arrendatario
reclame el reembolso de la cantidad correspondiente al tiempo de no uso del artículo en cuestión.

7. Responsabilidad por parte de la empresa arrendadora
La empresa arrendadora no asume responsabilidad alguna por daños o accidentes que el arrendatario pueda ocasionar, en el uso del artículo alquilado, tanto a sí mismo como a terceros, no pudiéndose reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios en tal concepto. Sólo la entrega con demora o la imposibilidad de uso del artículo arrendado permitirán al arrendatario reclamar al arrendador el reembolso de las cantidades que correspondan por tales conceptos, así como la devolución en su caso de la fianza o del anticipo correspondiente.

8. Devolución
La devolución del artículo objeto del presente contrato, así como de sus correspondientes y accesorios al completo, tendrá lugar a la fecha y hora fijados en este contrato, bien en el establecimiento del arrendador, bien en un lugar que se hubiera acordado en este contrato. Las consecuencias que se pudieran derivar por la devolución fuera del servicio de oficina – de Lunes a Sábado – durante el horario estipulado serán responsabilidad del arrendatario. La empresa arrendadora podrá comprobar que el artículo que se le devuelve se halla en perfecto estado pudiendo formular al arrendatario reclamaciones por defectos, averías o vicios ocultos durante las 24 horas siguientes a la devolución. Si el arrendatario no se mostrase conforme con la reclamación, podrá solicitar los servicios de un perito especializado encargándole una revisión del artículo en cuestión, mas siendo de su cuenta y cargo los gastos del mismo.

9. Modificaciones
Todas las modificaciones, presentes o futuras, del presente contrato habrán de plasmarse por escrito y en este mismo documento, o en otro que le sirva de expreso anexo, debiendo venir firmadas por ambas partes contratantes las alteraciones contractuales que se hubieran acordado.

10. Fuero
Las partes contratantes, con exclusión expresa de cualquier fuero que pudiera corresponderles, se someten de modo expreso a la competencia de los tribunales que tengan jurisdicción en el término municipal de Hospitalet del Llobregat, a fin de someterles todas las diferencias que pudieran surgir entre las partes contratantes o en la interpretación y la aplicación del presente contrato de arrendamiento de artículos de ayudas técnicas.